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Certificado de últimas voluntades: cómo pedirlo y para qué sirve

Certificado de últimas voluntades en Barcelona: qué es, cómo solicitarlo, plazos y costes orientativos, y qué hacer si es negativo. Guía práctica de un abogado civil.

RRedacción jurídica · Reclamaciondeudas Barcelona📅 20/08/2026🔄 20/08/2026⏱️ 4 min

Si necesitas tramitar una herencia en Barcelona, el certificado de últimas voluntades es el primer documento que debes solicitar, ya que indica si el fallecido otorgó testamento y ante qué notario. Sin este certificado no podrás avanzar en la aceptación de herencia ni saber si existe un testamento válido que deba prevalecer sobre la sucesión intestada. En este artículo te explicamos qué es exactamente, cómo se solicita, qué plazos orientativos maneja el Registro y qué hacer si el resultado es negativo.

¿Qué es el certificado de últimas voluntades?

El certificado de actos de última voluntad es un documento expedido por el Registro General de Actos de Última Voluntad, dependiente del Ministerio de Justicia, que acredita si una persona fallecida otorgó testamento en España y, en caso afirmativo, ante qué notario y en qué fecha. Este certificado es imprescindible porque permite localizar la última copia autorizada del testamento en la notaría correspondiente, dato esencial para iniciar cualquier trámite sucesorio, incluidas las herencias que deban tramitarse conforme al derecho civil catalán vigente en Cataluña.

¿Por qué es obligatorio antes de aceptar una herencia?

Sin el certificado no es posible saber si existe testamento posterior que revoque uno anterior, ni identificar la notaría donde solicitar la copia autorizada. Los bancos, el Registro de la Propiedad y la Agencia Tributaria exigen este documento para gestionar cualquier trámite relacionado con el caudal hereditario, por lo que su obtención es un paso obligado desde el primer momento tras el fallecimiento.

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¿Cuándo se puede solicitar?

La normativa vigente establece que el certificado solo puede solicitarse una vez transcurridos, con carácter orientativo, unos 15 días hábiles desde la fecha de defunción, y nunca antes, ya que el Registro necesita ese margen para incorporar la comunicación del fallecimiento remitida por el Registro Civil. Es recomendable verificar el plazo exacto en el momento de la solicitud, ya que puede sufrir variaciones administrativas.

¿Qué documentación se necesita?

¿Cómo y dónde se solicita en Barcelona?

El trámite puede realizarse de forma presencial en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia en Barcelona, en las oficinas de atención al ciudadano habilitadas, o de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia si se dispone de certificado digital o Cl@ve. También es posible tramitarlo por correo postal dirigido al Registro General de Actos de Última Voluntad en Madrid.

Pasos del procedimiento

  1. Obtener el certificado literal de defunción en el Registro Civil.
  2. Cumplimentar el modelo 790 y abonar la tasa correspondiente.
  3. Presentar la solicitud junto con el certificado de defunción, de forma presencial, telemática o postal.
  4. Esperar la resolución, que suele tardar entre 10 y 20 días hábiles de forma orientativa, aunque el plazo puede variar según la carga de trabajo del Registro.
  5. Recoger o recibir el certificado, que indicará si existe testamento y ante qué notario se otorgó.

¿Cuánto cuesta el certificado de últimas voluntades?

La tasa administrativa para obtener este certificado es de un importe reducido, orientativamente en torno a los 3-4 euros, cifra que debe confirmarse en el modelo 790 vigente en el momento de la solicitud, ya que las tasas públicas pueden actualizarse anualmente.

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¿Qué pasa si el certificado es negativo?

Un certificado negativo significa que el fallecido no otorgó testamento ante notario, lo que obliga a iniciar una declaración de herederos abintestato para determinar quiénes son los llamados a heredar conforme al orden legal de sucesión establecido en el Código Civil o en el derecho civil catalán, según la vecindad civil del causante. Este trámite se realiza ante notario y puede tener una complejidad añadida si existen varios grados de parentesco o discrepancias entre posibles herederos.

¿Y si hay más de un testamento?

El certificado mostrará todos los testamentos otorgados por la persona fallecida, ordenados cronológicamente. Como regla general, el testamento válido a efectos sucesorios es el otorgado en último lugar, salvo que contenga disposiciones que revoquen solo parcialmente el anterior. Ante cualquier duda sobre qué testamento debe aplicarse, es recomendable la revisión de un abogado especializado en derecho sucesorio.

¿Necesito un abogado para este trámite?

El certificado en sí puede solicitarlo cualquier persona sin necesidad de asistencia letrada. Sin embargo, contar con un abogado civil resulta muy recomendable desde el momento en que se conoce el contenido del testamento o, en su defecto, cuando debe iniciarse la declaración de herederos, ya que estos procedimientos implican decisiones con consecuencias patrimoniales y fiscales relevantes, especialmente en Cataluña, donde el derecho sucesorio presenta particularidades propias respecto al Código Civil estatal. Si te encuentras en Barcelona y necesitas orientación sobre cómo continuar tras obtener el certificado, podemos revisar tu caso concreto y explicarte los pasos siguientes sin compromiso.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda en llegar el certificado de últimas voluntades?

De forma orientativa, entre 10 y 20 días hábiles desde la presentación de la solicitud, aunque el plazo puede variar según el volumen de trámites del Registro.

¿Puedo pedir el certificado si no soy familiar del fallecido?

Sí, cualquier persona con interés legítimo puede solicitarlo, no es necesario acreditar parentesco ni la condición de heredero.

¿Qué diferencia hay entre el certificado de últimas voluntades y el de contratos de seguro?

Son documentos distintos: el certificado de últimas voluntades informa sobre la existencia de testamento, mientras que el de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento indica si el fallecido tenía pólizas de vida vigentes.

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¿Qué hago si el certificado indica un testamento antiguo que desconocía?

Debes acudir a la notaría indicada en el certificado para solicitar copia autorizada del testamento, documento imprescindible para continuar con la tramitación de la herencia.

¿Es obligatorio esperar los 15 días desde el fallecimiento para solicitarlo?

Sí, la solicitud presentada antes de ese plazo orientativo será rechazada, ya que el Registro necesita ese margen para recibir la comunicación oficial del fallecimiento.

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